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GEMERA destacó la modernización del régimen de inversiones mineras y anticipó un nuevo impulso para la exploración en Argentina

hace 55 minutos
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La actualización de la Ley 24.196 incorpora trámites digitales, plazos administrativos definidos y cambios en la devolución del IVA y las importaciones destinadas a la actividad minera. Desde GEMERA consideran que las medidas permitirán reducir la burocracia, mejorar la liquidez de las empresas y generar mayor previsibilidad para atraer inversiones. Argentina destina actualmente unos 400 millones de dólares anuales a la exploración, pero el sector sostiene que necesita superar los 1.000 millones.



El Grupo de Empresas Mineras Exploradoras de la República Argentina (GEMERA) destacó la actualización reglamentaria del Régimen de Inversiones Mineras, establecido por la Ley 24.196, y consideró que las modificaciones representan un avance para fortalecer la exploración y mejorar las condiciones para el desarrollo de nuevos proyectos en el país. El paquete normativo, integrado por ocho disposiciones dictadas entre julio de 2025 y octubre de 2026 por el Poder Ejecutivo Nacional, la Secretaría de Minería de la Nación y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), moderniza los mecanismos de acceso y fiscalización de los beneficios impositivos, manteniendo el marco de promoción previsto en la legislación vigente.


Uno de los principales ejes de la reforma es la agilización de la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente a las inversiones en exploración minera, contemplada en el artículo 14 bis de la Ley 24.196. Durante esta etapa, las empresas deben afrontar importantes desembolsos en estudios geológicos, perforaciones, ensayos mineros y contratación de servicios especializados, sin contar todavía con ingresos provenientes de la explotación de los yacimientos. Esta situación provoca la acumulación de créditos fiscales que, cuando permanecen inmovilizados durante períodos prolongados, reducen la disponibilidad de capital para financiar nuevas campañas y avanzar en la identificación de recursos minerales.


Para resolver este problema, la nueva reglamentación reemplaza el procedimiento basado en expedientes en papel, vigente desde 2004, por un trámite digital que se realizará a través del Sistema Integral de Recupero (SIR) de ARCA y la plataforma de Trámites a Distancia (TAD). La modificación busca simplificar las presentaciones, reducir las demoras administrativas y facilitar que los recursos comprometidos en el pago de impuestos puedan recuperarse conforme al procedimiento establecido y destinarse nuevamente a las actividades exploratorias. Para un sector que necesita inversiones constantes y cuyos resultados dependen de extensas campañas de trabajo, la disponibilidad oportuna de capital constituye un factor determinante para sostener las operaciones y planificar nuevas perforaciones.


La reforma también elimina la obligación de presentar un aviso previo al inicio de las tareas exploratorias, lo que reduce las exigencias administrativas que debían cumplir las compañías antes de comenzar los trabajos. A partir de los cambios, la documentación se concentrará en las facturas, los comprobantes de pago y la memoria de las actividades realizadas, con el propósito de orientar la intervención estatal hacia la verificación del crédito fiscal solicitado. Además, se establecen plazos máximos de resolución de hasta 30 días hábiles para la Secretaría de Minería de la Nación y otros 30 días hábiles para ARCA, una medida que apunta a brindar mayor previsibilidad sobre los tiempos administrativos y facilitar la planificación financiera de las empresas.


Desde GEMERA aclararon que la modernización del procedimiento no elimina el período de espera de doce períodos fiscales previsto para acceder a la devolución del IVA de exploración. El cambio se concentra en digitalizar el trámite, simplificar la documentación y establecer plazos definidos para las intervenciones administrativas correspondientes. De esta manera, el nuevo esquema busca reducir la incertidumbre vinculada a la tramitación de los reintegros y ofrecer condiciones más claras para que las compañías puedan proyectar sus inversiones, elaborar presupuestos y organizar sus campañas de campo con mayor precisión.


Otro de los aspectos relevantes de la actualización normativa corresponde a la exención de derechos de importación prevista en el artículo 21 de la Ley 24.196, destinada a facilitar el ingreso de bienes vinculados con la actividad minera. El nuevo mecanismo incorpora declaraciones juradas digitales a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEA), con un plazo de aprobación de cinco días hábiles y un esquema de fiscalización posterior. La normativa también admite la importación de bienes usados o reacondicionados que cuenten con las certificaciones correspondientes e incorpora un régimen específico para proveedores mineros de acuerdo con sus niveles de facturación. Estas modificaciones apuntan a simplificar las operaciones de comercio exterior y facilitar el acceso a equipamiento necesario para ejecutar las tareas de exploración y desarrollo.


En paralelo, la creación del Registro de Inversiones Mineras (RIM) permitirá organizar y actualizar la información de los proyectos mediante la asignación de un código único vinculado a la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). El nuevo registro también contempla la posibilidad de unificar derechos mineros que compartan proximidad geográfica, infraestructura o características de desarrollo operativo, con el objetivo de ordenar la información y adecuar los procedimientos a las particularidades de cada iniciativa. Esta herramienta forma parte de una reorganización administrativa que busca mejorar la identificación de las inversiones y facilitar el seguimiento de los proyectos comprendidos en el régimen promocional.


Las modificaciones también alcanzan cuestiones contables y fiscales que inciden directamente en la planificación de las inversiones de largo plazo. Entre las novedades se encuentra la posibilidad de utilizar el Seguro Ambiental Obligatorio como alternativa a la previsión contable correspondiente, mientras que se establecen plazos definidos para la estabilidad fiscal a partir de la presentación del estudio de factibilidad. Estos instrumentos resultan relevantes para los proyectos que avanzan desde la exploración hacia las etapas de evaluación, desarrollo y construcción, cuando las compañías deben comprometer importantes sumas de capital y necesitan conocer con anticipación las condiciones bajo las cuales llevarán adelante sus inversiones.


El presidente de GEMERA, Michael Meding, destacó la importancia estratégica de estas modificaciones y vinculó la reducción de las demoras administrativas con la capacidad de Argentina para incrementar el financiamiento de sus campañas exploratorias. “En exploración, el capital trabado en la burocracia es capital que no se invierte en perforación”, afirmó el directivo, al señalar que los recursos inmovilizados por procedimientos prolongados representan una limitación para una actividad que requiere inversiones permanentes y cuyos resultados dependen de la continuidad de los trabajos en el terreno.


Meding sostuvo que Argentina destina actualmente alrededor de 400 millones de dólares anuales a la exploración minera, aunque consideró que el país necesita superar los 1.000 millones de dólares para ampliar el desarrollo de nuevos proyectos y aprovechar de manera más efectiva su potencial geológico.


En ese contexto, remarcó que contar con un procedimiento digital y plazos administrativos definidos para la devolución del IVA aporta previsibilidad a las empresas que deben financiar perforaciones, estudios técnicos y otras tareas destinadas a determinar la existencia y las características de los recursos minerales. Según explicó, la posibilidad de planificar con mayor certeza los tiempos de recupero de los créditos fiscales constituye un elemento importante para la toma de decisiones de inversión, aunque se mantenga el período legal de espera de doce períodos fiscales.


La actualización del régimen se instrumentó mediante ocho disposiciones que modifican distintos aspectos de la Ley 24.196 y sus mecanismos de aplicación. El Decreto 449/2025 introdujo cambios en los artículos 10, 18, 26 y 27 de la ley, mientras que el Decreto 482/2026 sustituyó la reglamentación general establecida en el anexo del Decreto 2686/93. A estas medidas se sumaron la Resolución General Conjunta 5878/2026, que derogó el régimen de devolución del IVA vigente desde 2004; la Resolución General ARCA 5879/2026, que incorporó el recupero del IVA de exploración al Sistema Integral de Recupero; y la Resolución SM 66/2026, que regula la evaluación técnica de las solicitudes a cargo de la Dirección Nacional de Inversiones Mineras.


El conjunto normativo se completa con la Resolución SM 68/2026, que actualiza los trámites de inscripción y crea el Registro de Inversiones Mineras; la Resolución SM 73/2026, que establece el procedimiento para acceder al beneficio impositivo del artículo 21 y actualiza el listado de posiciones arancelarias; y la Resolución General ARCA 5909/2026, que integra la declaración jurada de destino minero a la Ventanilla Única de Comercio Exterior. En conjunto, estas disposiciones buscan establecer procedimientos más ágiles y uniformes para la administración de los beneficios, además de actualizar las herramientas de control y registro de las inversiones alcanzadas por el régimen.


Frente a la implementación de los cambios, GEMERA manifestó su disposición a poner la experiencia técnica de sus empresas asociadas a disposición de las autoridades para contribuir a una transición ordenada y eficiente. La entidad señaló que las compañías deberán adecuar sus procedimientos internos a las nuevas exigencias, entre ellas la constitución de un domicilio legal electrónico y la presentación de una declaración jurada anual respaldada por un profesional independiente. La adaptación de los sistemas administrativos y contables será un paso necesario para que las empresas puedan operar bajo las nuevas disposiciones y aprovechar las herramientas incorporadas al régimen.


En materia de importaciones, las compañías también deberán coordinar sus operaciones ante la suspensión temporal del sistema prevista entre el 13 y el 16 de octubre de 2026, en la antesala del lanzamiento del nuevo trámite digital anunciado para el 19 de octubre. Este período de transición exigirá una planificación adecuada de las operaciones de comercio exterior para evitar inconvenientes en el ingreso de bienes y equipos necesarios para las actividades mineras. Desde GEMERA señalaron que el acompañamiento técnico y la coordinación entre el sector privado y los organismos públicos serán importantes para facilitar la puesta en marcha del nuevo esquema y garantizar una adaptación eficiente a los procedimientos actualizados.


Fundada en 1993, GEMERA es una asociación civil sin fines de lucro que representa a compañías dedicadas a la exploración minera en Argentina e integra la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM). La entidad promueve la seguridad jurídica, la atracción de inversiones y la adopción de buenas prácticas sociales y ambientales para el desarrollo sostenible de la actividad. En este marco, considera que la modernización de los procedimientos administrativos constituye una herramienta para mejorar la competitividad del país frente a otros destinos de inversión y generar condiciones más favorables para financiar proyectos de exploración.


La actualización del Régimen de Inversiones Mineras se presenta así como un cambio orientado a reducir obstáculos administrativos, facilitar el recupero de recursos y brindar mayor previsibilidad a las empresas que operan en una de las etapas de mayor incertidumbre del negocio minero. El desafío será que las modificaciones reglamentarias se traduzcan en resultados concretos, con trámites efectivamente más ágiles y mejores condiciones para sostener las campañas de exploración. Para GEMERA, avanzar hacia un nivel de inversión superior a los 1.000 millones de dólares anuales requerirá no solo aprovechar las herramientas incorporadas por la nueva normativa, sino también consolidar un entorno que permita transformar el potencial geológico argentino en proyectos capaces de avanzar hacia su desarrollo.

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